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Preguntas frecuentes

Resuelve tus dudas sobre conciencia fiscal y temas tributarios con nuestras preguntas frecuentes. Información clara y accesible para todos.

¿En qué consiste el “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor”?

Los vendedores deben informar a los consumidores finales, en el ticket o factura, cuáles son los impuestos que soportan cuando compran bienes y servicios. Es un régimen impulsado por Lógica por el cual los vendedores deben informar a los consumidores finales, en el ticket o factura, cuáles son los impuestos que soportan cuando compran bienes y servicios. Lógica se lo propuso a los cinco candidatos presidenciales en las elecciones generales de 2023 y tres de ellos (Javier Milei, Juan Schiaretti y Patricia Bullrich) firmaron el compromiso de impulsarlo. Se sancionó en junio de 2024 como título VII de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales y se reglamentó en diciembre de 2024 con la Resolución General 5614 de ARCA y la Resolución 4/2005 de la Secretaría de Industria y Comercio. Empezó a implementarse en forma gradual a partir del 1° de enero de 2025.

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¿Cuáles son los impuestos que deben informarse en los tickets de compra?

Los grandes comercios deben informar el IVA, Impuestos Internos y –cuando corresponde- los impuestos a los combustibles. Los demás comercios, solamente el IVA. Deben informarse los impuestos que tengan “incidencia en la formación de los precios” de bienes y servicios. Esto implica impuestos que se aplican sobre el comprador, el vendedor o sobre otros eslabones de la respectiva cadena productiva. La ley exige que se expongan los “impuestos indirectos nacionales” que son: Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuestos Internos, Importación, Débitos y Créditos (Impuesto al Cheque), y algunos específicos como los que se aplican sobre los combustibles (en el caso de las estaciones de servicio). La norma también invita a las provincias a que se adhieran al régimen para que se expongan Ingresos Brutos y Tasas Municipales (particularmente, Seguridad e Higiene).

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¿Desde cuándo el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor es obligatorio?

Desde el 01/01/2025 para los grandes comercios, y desde el 01/04/2025 para todos los demás. Se aplica desde el 1° de enero de 2025 para las “empresas grandes” (art 2 RG 4367), visibilizando los impuestos de cálculo más simple: IVA e Impuestos Internos.  Las estaciones de servicio también exponen el Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono, ambos nacionales. Para el resto de los vendedores a consumidores finales la aplicación es voluntaria hasta el 1° de abril de 2025, momento a partir del cual será obligatorio para todos. También a partir de esta última fecha deberán exponerse y publicitarse los precios por su importe bruto y neto de impuestos. Esto marca un cambio fundamental con los últimos 50 años de historia tributaria en la Argentina, en la que estuvo expresamente prohibido exponer el IVA o se ocultaban los impuestos al comprador a lo largo de la cadena productiva.

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¿Qué ocurre con los tributos provinciales y municipales?

Las provincias deben adherir al régimen para que se expongan sus tributos. Sin embargo, los comercios pueden informarlos voluntariamente. La ley 27.743 invita a las provincias a que se adhieran al Régimen para que se informen ingresos brutos y tasas municipales. No hay fecha fijada para la adhesión al Régimen por las provincias y CABA. Teniendo en cuenta que el Régimen fue reglamentado en diciembre 2024, es esperable que se adhieran cuando las legislaturas provinciales vuelvan a su actividad ordinaria, desde el 1° de marzo de 2025. Hasta diciembre de 2023 había presentados proyectos de adhesión en cinco provincias: Río Negro, CABA, Provincia de Buenos Aires (un proyecto en cada Cámara de la Legislatura), La Pampa y Santa Fe. En total, seis iniciativas, aunque ninguna surgió de los oficialismos locales. Se destaca que la Constitución Nacional en su art. 42 establece el derecho de los consumidores a una “información adecuada y veraz” y a “la educación al consumidor”. Por lo cual desde Lógica entendemos que la adhesión es obligatoria (https://www.ambito.com/opiniones/las-provincias-estan-obligadas-adherirse-al-regimen-transparencia-fiscal-n6104810).

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¿Por qué el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor es tan importante?

Sin saber cómo y cuánto recauda el Estado, los ciudadanos pierden noción de cómo se financia y también de cómo gasta esos recursos. Argentina ha sufrido una “tragedia fiscal” por la cual llegamos a tener los impuestos e inflación más altos del mundo, reflejo del descontrol del gasto público en las últimas dos décadas. Esta tragedia tuvo, como una de sus causas principales, la falta de conciencia fiscal en todos los niveles y sectores de nuestra sociedad. En el sector ciudadano esa falta de cultura fiscal la provocó un régimen que nos ocultó sistemáticamente los impuestos durante más de 50 años.  El ocultamiento se dio de dos maneras: 1) mediante prohibiciones legales inaceptables, como la de no mostrar el IVA al consumidor final (art. 39 de la ley de IVA, antes de su última modificación en 2024), y 2) ‘escondiendo’ otros impuestos indirectos detrás del vendedor y de cada uno de los eslabones de la cadena productiva, los cuales aumentan los costos y se terminan trasladando al consumidor dentro del precio final. La AFIP llegó a emitir sanciones específicas para los vendedores que mostraran el IVA al consumidor (ejemplo, art. 8 RG4333 DGI). Estas prohibiciones y sanciones no existen en

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¿Qué beneficios trae el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor?

Sabiendo cuánto se paga de impuestos y en qué se gasta desde el Estado, los ciudadanos podrán exigir lógica en los impuestos y servicios del Estado. Con más transparencia fiscal es esperable que la ciudadanía, al saber los tributos que soporta, se involucre en cuestiones fiscales. En la Argentina es ampliamente difundido el concepto de “gratuito” para las prestaciones y servicios del Estado, como también la idea de que los impuestos aplicados sobre la producción (empresas) no se trasladan al consumidor. Con este sistema los ciudadanos tendremos una noción mucho más profunda de que esos impuestos son afrontados por los consumidores finales. Además, al saber cuánto pagamos de impuestos (y quiénes los cobran), se tendrá más información también sobre el financiamiento del gasto público. Justamente el art. 100 de la ley 27.743 establece que “la publicidad de las prestaciones o servicios de cualquier tipo en los niveles nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean de libre acceso o atención por parte de los ciudadanos no podrá utilizarse la palabra ‘gratuito’ o similares debiéndose aclarar que se trata de una prestación o servicio de libre acceso solventado con los tributos de los contribuyentes”. Con la

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¿Existe algún otro país que haya aplicado este Régimen tan transparente?

En Brasil tiene rango constitucional desde 1988 y rige por ley desde 2012. Sí, en Brasil. Son los “inventores” de este régimen. Comenzaron incluyendo el concepto en el art. 150 de la Constitución Nacional, por el cual “se establecerán medidas para que los consumidores sean informados acerca de los impuestos que incidan en mercancías y servicios”. Posteriormente, en 2012 (gobierno de Dilma Rousseff), con la ley federal 12.741, se implementó el Régimen de Transparencia Fiscal. La iniciativa fue de la sociedad civil, a través de dos ONGs (Olho No Imposto e Instituto Brasileiro de Planejamento e Tributação – IBPT), respaldadas por más de un millón de firmas y encuestas que sostenían que el 90% quería ver los impuestos en los tickets de compra. En las economías más ordenadas sólo se expone el IVA o el impuesto a las ventas, por ser el único tributo al consumidor. Pero en los países de máxima presión fiscal formal (o “en blanco”), como Brasil y Argentina, exponer solamente el IVA no es suficiente, dado que reflejaría sólo entre un tercio y la mitad de la carga fiscal total. En Brasil los múltiples impuestos se exponen en forma simple en tres subtotales: impuestos nacionales, impuestos

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¿Cómo se originó este Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor en Argentina y cuál fue la incidencia de Lógica?

Lógica se lo propuso a los cinco candidatos presidenciales en 2023, y obtuvo el respaldo de más de 50 mil firmas para su tratamiento en el Congreso. En 2023, inspirados en el caso de Brasil, desde Lógica propusimos a los 5 candidatos presidenciales que firmaran un compromiso de impulsar este Régimen. Lo firmaron 3 de ellos: Javier Milei, Patricia Bullrich y Juan Schiaretti. Ya como Presidente, Javier Milei lo honró incluyendo este capítulo en el proyecto de Ley Bases. El 17 de enero de 2024 el Presidente de Lógica fue convocado para exponer ante la Comisión Plenaria de la Cámara de Diputados, como impulsores de este Régimen. La iniciativa fue respaldada por más de 50.000 firmas a través de la plataforma Change.org y por encuestas (elaboradas por Poliarquía) de las que surge que un 94% de la ciudadanía quiere saber los impuestos pagados al consumir y un 92% considera que es una información que califica como muy o bastante relevante. Con el nuevo tratamiento de dicho proyecto en el Congreso, se lo aprobó como un capítulo dentro de la Ley 27.743 (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes). Desde julio de 2023, en que se lanzó la propuesta de este Régimen en

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Si una provincia no se adhiere, ¿un vendedor puede exponer Ingresos Brutos y Tasas Municipales de todas maneras?

Sí, pueden exponerlos aunque la provincia no adhiera, salvo que se dicte una norma explícita que lo prohíba. Los impuestos nacionales deben exponerse en todo el país, aunque las provincias no se adhieran. En cuanto a los tributos provinciales y municipales, desde Lógica sostenemos que la adhesión provincial es exigida para que el Régimen sea obligatorio respecto de esos tributos locales. Pero la no adhesión no obsta a que los vendedores puedan voluntariamente exponer los respectivos tributos provinciales y municipales, si así lo quisieran. Hay un principio del Derecho que indica que todo lo que no está prohibido, está permitido. Por tal motivo, si alguna administración provincial quisiera impedir la información de sus impuestos en los comprobantes fiscales debería prohibirlo expresamente.

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¿Todos los impuestos que inciden en la formación de los precios serán mostrados en el ticket?

No todos. Primero porque la ley exige visibilizar los “impuestos indirectos nacionales”, por lo cual los impuestos directos (básicamente, Impuesto a las Ganancias y Seguridad Social del vendedor) no serán expuestos bajo este Régimen aunque tienen su incidencia en los precios. Segundo, porque el sistema se irá implementando en forma gradual.  Al principio, sólo veremos IVA e Impuestos Internos y algunos otros impuestos específicos como los que se aplican sobre combustibles.  Otros impuestos indirectos nacionales podrán agregarse en el futuro por la reglamentación, tales como Importación, Débitos y Créditos, etc. Y, a nivel provincial, se sumarán Ingresos Brutos y tasas municipales al adherirse las provincias. Tercero, porque la “incidencia en la formación de los precios” que dispone la ley debería calcularse en toda la cadena productiva, lo que debe estimarse por un agente de cálculo oficial, tal como se hace en Brasil (mediante la ONG IBPT). Mientras ese agente de cálculo y ese sistema no sea implementado es probable que sólo se muestren los impuestos que se aplican en el último eslabón de la cadena, dado que son los más simples de calcular.  Por lo cual, debe tomarse este Régimen como uno que se aplicará por etapas y que se

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