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Preguntas frecuentes

Resuelve tus dudas sobre conciencia fiscal y temas tributarios con nuestras preguntas frecuentes. Información clara y accesible para todos.

¿Cómo es que debe realizarse la publicación de los precios?

La publicidad de precios debe ser por su precio final y por su precio neto sin impuestos. Según la ley deben publicarse por su precio final y por su precio neto sin impuestos. La Resolución 4/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio regula la cuestión y dispone que los precios brutos y netos de impuestos deberán exponerse y publicitarse a partir del 1° de abril de 2025.

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¿Es suficiente el ticket para generar conciencia fiscal ciudadana?

El ticket es una herramienta central, y desde Lógica estamos desarrollando una campaña de difusión para generar cultura fiscal de manera apartidaria. Se estima que los tickets son leídos por un 10% de la ciudadanía, y que a partir de ahí se genera un tema de conversación en la sociedad en un proceso de abajo a arriba, hacia la dirigencia. Pero para que sea “el” tema de conversación, debe acompañarse con una campaña de difusión. Desde el Estado no parece que vaya a haberla (“no hay plata”). Sólo se han realizado algunos posteos orgánicos del presidente y otras principales autoridades, pero no más.  Desde Lógica llevamos a cabo una campaña de difusión, con los parámetros del lanzamiento de un producto de consumo masivo. Todo sea para, aprovechando esta ventana que se ha generado, impulsar este Régimen para generar cultura fiscal en los argentinos, en forma apartidaria.

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¿Los tickets mostrarán todos los impuestos?

Hay tributos que no se expondrán, como Ganancias y Seguridad Social del vendedor, y otros provinciales y municipales específicos de algunas actividades. No todos. Primero porque la ley exige visibilizar los “impuestos indirectos nacionales”, por lo cual los impuestos directos (básicamente, Impuesto a las Ganancias y Seguridad Social del vendedor) no serán expuestos bajo este Régimen aunque tienen su incidencia en los precios. Segundo, porque el sistema se irá implementando en forma gradual. Al principio, sólo veremos IVA e Impuestos Internos y algunos otros impuestos específicos como los que se aplican sobre combustibles. Otros impuestos indirectos nacionales podrán agregarse en el futuro por la reglamentación, tales como Importación, Débitos y Créditos, etc. Y, a nivel provincial, se sumarán Ingresos Brutos y tasas municipales al adherirse las provincias. Tercero, porque la “incidencia en la formación de los precios” que dispone la ley debería calcularse en toda la cadena productiva, lo que debe estimarse por un agente de cálculo oficial, tal como se hace en Brasil (mediante la ONG IBPT). Mientras ese agente de cálculo y ese sistema no sea implementado es probable que sólo se muestren los impuestos que se aplican en el último eslabón de la cadena, dado que son

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